ESTE JUZGADO DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: 1°) De conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, se Califica como flagrante la aprehensión de los imputados: GABRIEL ALEJANDRO MORILLO TORRES, venezolano, de 19 años de edad, soltero, actualmente encargado de una Hacienda en Montecarmelo del Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad N° 21.063.245, natural de Valera estado Trujillo, nacido en fecha 25/05/91, hijo de Maria Mercedes Torres (v) y de Baltasar Morillo (v), y con domicilio el sector Conuco de la Paz, detrás de la escuela Antonio Guzmán Blanco, Municipio Escuque, Valera estado Trujillo y JOSÉ FREDDY ANDRADE GARCÍA, venezolano, de 19 años de edad, obrero, titular de la cedula de identidad N° 20.134.115, hijo de Catalina G.....