Este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano ZAIDA COROMOTO GIL MENDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. 10.244.412, domiciliada en El Vigía, Municipio Alberto Adríani del Estado Mérida, y reconocida por el ciudadano JOSE GREGORIO PEREZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.714.859, domiciliado en La Palmita, Parroquia Gabriel Picón González, calle principal, sector Las Palmeras, Municipio Alberto Adríani del Estado Mérida. Como consecuencia de la anterior declara.....