En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA con sede en la ciudad de Tovar, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos Gabriel Francisco Lagares Ríos y Marisela Mansilla Mansilla, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 23.240.081 y 12.049.495, respectivamente, domiciliados en Tovar, Estado Mérida y hábiles, contra los ciudadanos Rodrigo Cortés Peñuela y Martha Milin Bonilla de Cortés, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.331.232, y 6.210.458, domiciliados en Tovar y civilmente hábiles, por cumplimiento de contrato de obra realizado entre las partes en forma privada, en fecha 15 de junio de 2001 y posteriormente reconocido por ante el Juzgado Primero de los Municipio.....