En mérito de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariano de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia interlocutoria cautelar en los siguientes términos:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PROVISIONAL DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, solicitada por el ciudadano JOAN JOSÉ MÉNDEZ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.930.487, Pasaporte N° 165385424, domiciliado en el Conjunto Residencial San Francisco, Torre C, piso 7, apartamento 7-2, Urbanización Campo Claro, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábil, teléfono móvil 0424.676.72.59, correo electrónico: joanmendez777@hotmail.com, a favor de sus hijos, los adolescentes (.....