El Tribunal ADMITE la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia se acuerda emplazar a la ciudadana SANDRA CAROLINA ALVIAREZ OSORIO, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de cédula de identidad Nº V- 18.391.684, domiciliada en la avenida principal de Santa Juana, edificio Mucujún, apartamento 42, Municipio Libertador, estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a los fines de que comparezca ante este Tribunal en el TERCER (3º) DÍA HÁBIL DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su citación a exponer lo que a bien tenga con relación al Divorcio 185 con Sentencia Vinculante Nº 1.070), solicitado por su cónyuge WUILLIAMS MÉNDEZ, antes identificado, asistido por las abogadas ELIZABETH DEL CARMEN GARCIA ANGULO y ANY KHARYNA VALERO, anteriormente identificadas, y con vista de lo cual se resolverá lo conducente, siempre y cuando const.....