decreta el sobreseimiento de la presente causa, instruida en contra del ciudadano TRENFOL LAGUADO MEJIAS, venezolano, de 27 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-l 1.221.099, residenciado en el sector Aroa I, casa No. 23, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y tipificado en el artículo 422, ordinal 2°, del Código Penal Venezolano vigente para el momento de la perpetración, cometido en perjuicio de la ciudadana SUSANA LAGUADO MEJIAS, venezolana, de 53 años de edad, soltera, oficios del hogar, residenciada en el sector Aroa I, casa No. 23, El Vigía, Estado Mérida y el niño TRENFOL ADONAIS LAGUADO GUILLEN, venezolano, de 07 años de edad, estudiante, residenciado en el sector Aroa I, casa No. 23, El Vigía, Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en los artículos 51 Constitucional, 37, 108, ordinal 5°, 109, encabezamiento, y 422, ordinal 2°, del Código Penal Venezolano vigente para el mome.....