antes expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA extinguida la acción penal, al acusado VICTOR MANUEL ROJAS RODRÍGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.235.252, natural de La Azulita, Estado Mérida, nacido en fecha 20-05-1969, de 42 años de edad, soltero, de profesión u oficio despachador de mercancía en Ferretería Ferre San José, hijo de Victor Armando Rojas Rojas (f) y de Flor María Rodríguez de Rojas (v), domiciliado en La población de La Azulita, Avenida Páez, Calle Colón, Casa N° 3-66, detrás de la Ferretería Ferre San José, Municipio Andrés Bello, Estado Mérida, Teléfono 0275-9991756, de conformidad con el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con el art.....