Decisión: En consecuencia este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 471, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la responsabilidad criminal del penado GEOVANNY JOSÉ CONTRERAS MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, de 25 años de dad, titular de la cédula de identidad n° V-18.619.913, fue condenado 11 de octubre de 2013 se publicada in extenso el 24 de octubre de 2013, la sentencia, folios 360-372 mediante la cual, resultó condenado, a cumplir la pena principal de seis (06) años y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de ocultamiento ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, contemplado en el artículo 149, segundo aparte, de la Ley Orgánica de Drogas. Notifíquese a las partes. Oficiar a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientaci.....