Conforme a lo expresado, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA; por los hechos ocurridos en fecha 12 de noviembre del año 2003, en virtud de los cuales la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público, dio inicio a una investigación, por la presunta comisión del delito de Violación, previsto en el artículo 375 del Código Penal, vigente para la fecha, en virtud de la información recibida por oficio, suscrito por la Jefe del centro de Diagnostico y Tratamiento Varones del Instituto Nacional del Menor, Seccional Mérida, en la que se ponía de manifiesto que de acuerdo a la valoración ano rectal practicada por un médico forense al adolescente JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ IZARRA, interno en esa institución, éste presentó "margen anal por encima del punto doce (12) en posición mahometana se aprecia laceración vertical de 3.....