DECLARA REDIMIDO el lapso de DOS (02) MESES, QUINCE (15) DÍAS, de la pena total que cumple el penado: NILSON YORLEY DUQUE URBINA, venezolano, dijo ser titular de la cédula de identidad N° 15.990.877., natural de San Cristóbal estado Táchira, nacido en fecha 13-09-1983, de 24 años de edad, obrero, estudió hasta sexto grado de educación básica, soltero, hijo de Teofila de La Cruz Duque Urbina (v) y de José Marcelino Duque Moncada (v), domiciliado en el barrio Santa Rita I, al final de la Urbanización Lago Sur, detrás de la Casa del Niño Trabajador, calle principal, casa N° 03, El Vigía, estado Mérida, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina del Estado Mérida. ----
QUINTO
Efectuado como ha sido el cómputo por redención de la pena se observa que el penado NILSON YORLEY DUQUE URBINA, ha cumplido tiempo de su condena, la cual es desde la fecha 16-06-2007 al 21-07-2009, por un lapso de DOS (02) AÑOS, UN (01) MESES, CINCO (05) DIAS, mas una primera red.....