DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 1 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Sanciona al adolescente identidad omitida, antes identificado, a cumplir con la sanción de regla de conducta, consistente en la obligación de realizar actividad laboral lícita, como lo es de continuar laborando en el Mercado Principal, módulo dos, tercer pasillo, vendiendo verduras, Mérida, estado Mérida, con la advertencia al adolescente que de cambiar de lugar de trabajo deberá informar inmediatamente al Tribunal, medida que será supervisada por la Trabajadora Social Lic. Edelin Villalobos, adscrita a esta Sección de Adolescentes, por el lapso de un (1) año, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458, del Código Penal y sancionado en el artíc.....