Por las razones y fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control No. 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA la entrega del vehículo solicitado por el ciudadano GEORMAN LEANDRO MOLINA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.578.839, residenciado en la Urbanización Residencias Los Parques, calle principal, casa No. 100, El Vigía, Estado Mérida, en la presente causa signada bajo el No. LP11-P-2010-000698 (correspondiente a la causa No. 14F70953-09), a cargo de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial
Notifíquese la presente decisión a la representación fiscal y al peticionante. CÚMPLASE.