Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del imputado AUDOMARO SEGUNDO LABARCA PEREIRA, venezolano, natural de El Moralito Estado Zulia, nacido en fecha 24-06-1962, soltero, oficio conductor, grado de instrucción tercer año de bachillerato, Carmen Isabel Pereira de Labarca (v) y Eudomaro Labarca (v), residenciado en la Urbanización El Samán, calle 3 con avenida 2, casa N° 129, El Vigía, Estado Mérida, teléfono 0414-2760636, cédula de Identidad Nº 7.642.305; por el delito de de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado, en el artículo 39 en concordancia con el artículo 15 numeral 1de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CARMEN VIRGINIA GALAN, venezolana, natural de Santa Bárbara, Esta.....