IV
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de divorcio, intentada por el ciudadano RAMÓN ELÍAS MÉNDEZ RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, cedulado con el Nro. 4.702.971, domiciliado en El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, contra la ciudadana IDA RAMONA VALDERRAMA VEGA, venezolana, mayor de edad, comerciante, casada, cedulada con el Nro. 3.619.166, domiciliada en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y disuelto el vínculo matrimonial que los une desde el día 16 de agosto del año 1985, contraído por ante la Prefectura civil de la Parroquia Matriz Municipio Campo Elías Ejido, Estado Mérida, acta Nro. 59; folios144; año 1985.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE CÓPIESE.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SAL.....