este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Califica la APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, en contra del imputado PABLO EMILIO RUEDAS GLORIAN, venezolano por naturalización, natural de Regidor Departamento Bolívar, República de Colombia, fecha de nacimiento 02-08-1958, cédula de identidad Nº 24.408.674, de 55 años de edad, de oficio: pescador, de estado civil: soltero, hijo de Bernabé Rueda Martínez y de Ana Delia Glorian, domiciliado en Caño Azul Arriba, vía Panamericana, detrás de una casa de color rosado, cerca de la Escuela del sector, Municipio Obispo Ramos de Lora, Estado Mérida, numero de teléfono 0426-8187134 (perteneciente a su vecina Rosalba); por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en.....