El Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: Redime a favor de la penada BRICEÑO GONZALEZ PATRICIA ALEJANDRA, (ya identificada); en TRES (03) MESES, TRECE (13) DIAS Y DOCE (12) HORAS. SEGUNDO: Declara que la penada BRICEÑO GONZALEZ PATRICIA ALEJANDRA (ya identificada), ha cumplido hasta la presente fecha (28-08-2017), ha cumplido una pena de CINCO (05) AÑOS, DOS (02) MESES, Y VEINTICINCO (25) DÍAS DE PRISIÓN; a ello debe sumarse la redención realizada mediante el presente auto, la cual es por TRES (03) MESES, TRECE (13) DIAS Y DOCE (12) HORAS; todo lo cual suma un total de pena de cumplida de CINCO (05) AÑOS, SEIS (06) MESES, OCHO (08) DÍAS DE PRISIÓN, que al ser descontado de la pena principal de OCHO (08) años de prisión, le resta por cumplir una pena de DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES, Y DIECIOCHO (18) DÌAS DE PRISIÓN, la cual cumple en fecha veintiséis de fe.....