ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: Hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena al acusado JOSÉ IVAN ROSALES: venezolano, soltero, mecánico, titular de la cedula N° 13.761.503, de 32 años de edad, natural de la Fría, estado Táchira, nacido en fecha 07-05-75, domiciliado en calle 6, entre carrera 11 Y 12, casa N° 13-73, La Fría, Estado Táchira, y/o en el Caserío El Escalante por la Bodega Brisas del Escalante, que da a un teléfono, frente a la Alcabala, en una vereda en una casa de reja roja, al lado de una casa de dos pisos, hijo de Pablo Vidal ( v) y Eloína Rosales ( v), teléfono de la mamá 0414-4516641; La Tendida Estado Táchira, a cumplir una de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezolano Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano FREDDY ALBERTO CAR.....