Dispositiva.
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal:
1°. Condena a los acusados Edilia Rosales Guillén, titular de la cédula de identidad N° 15.621.094, de 26 años, ama de casa, hija de María Edicta Guillén de Rosales y Félix Rosales Araque, domiciliada Bella Vista, calle 03, casa N° 1-10 Ejido Estado Mérida, y José Antonio Ramírez Rivas, titular de la cédula de identidad N° 11.903.913, de 36 años, comerciante, hijo de Erquimio Ramírez y Rafaela de Ramírez, domiciliado en Bella vista, calle 03, casa N° 1-10 Ejido Estado Mérida, a cumplir la pena de tres (3) años de prisión, por la comisión del delito de Ocultamiento Agravado de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31, se.....