este Tribunal en funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA:
PRIMERO: La ENTREGA EN GUARDA y CUSTODIA del Vehículo con características que siguen: MARCA: CHEVROLET, MODELO: MALIBÚ, AÑO: 1.980, COLOR: AZUL, PLACAS: RAP-211, SERIAL DEL MOTOR: AV422535, SERIAL DE CARROCERÍA: 1T19AAV422535, USO: PARTICULAR, CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, al ciudadano EUDIS ENRIQUE MILANEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.906.014, domiciliado en el Sector Capiú Arriba, al lado del Puente Capiú, Carretera Panamericana, Caja Seca Estado Zulia; asistido por el Abogado en ejercicio DARÍO VARGAS FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.666, domiciliado en la ciudad de Mérida y hábil; una vez conste Acta Compromiso suscrita por el.....