DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Se HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN manifestado por el abogado LUIS JOSÉ SILVA SALDATE, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº. V-8.044.879 inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 42.306, de este domicilio y jurídicamente hábil, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, la Sociedad Mercantil EFEPE C.A, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal Estado Táchira, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 25 de mayo del año 2.006, inserta bajo el No. 37, Tomo 11-A, en su carácter de Director otorgado en Asamblea General Extraordinaria de Accioni.....