, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Transacción celebrada por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el proceso y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en autos la cancelación total de la obligación contraída.