Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: RATIFICA Y HOMOLOGA el ACUERDO alcanzado entre la Abogada MARY YUSBELY RAMIREZ ROJAS, apoderada judicial de la parte actora ciudadano LUIS ALFONSO RANGEL CALDERON, titular de la cédula de identidad número V-9.472.198, el Abogado JEAN CARLOS RAMIREZ PARRA, en su condición de apoderado judicial de la codemandada, Sociedad Mercantil CORISA CONSTRUCCIONES S.A. y, el ciudadano JAVIER ALEXIS CONTRERAS QUINTERO, asistido por el profesional del derecho CARLOS RAUL CONTRERAS BOSCH, plenamente identificados en actas procesales, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.