PRIMERO: DESISTIDA la recusación propuesta por el ciudadano Jorge Omar Pinzón Sánchez, con el carácter de presidente de la sociedad mercantil INVERSIONES LUCERITO C.A, asistido por el profesional del derecho Leonardo Enrique Mogollón Carrasco contra la abogada Minerva Mendoza Paipa, en su condición de Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con Sede en la ciudad de El Vigía, en el asunto signado con el N° LP31-L-2009-000209, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano Wilfredo Antonio Briceño en contra de la persona jurídica denominada INVERSIONES LUCERITO C.A.
SEGUNDO: Se impone a la parte recusante una multa de diez unidades tributarias (10 U.T.), de conformidad con el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que para la fecha es la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (BS. 650,00), monto que debe pagar el ciudadano Jorge Omar Pi.....