Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistida la apelación interpuesta el ciudadano Alvaro Sandia Briceño, en su condición apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha diecisiete (17) de Noviembre de 2005,.
SEGUNDO: Ratifica el acuerdo alcanzado por las partes en el presente proceso con respecto a los salarios caídos reclamados.
TERCERO: Se homologa el acuerdo alcanzado, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
CUARTO: Se ordena la remisión al Tribunal de origen a los fines legales subsiguientes.
QUINTO: No hay condenatoria en costas de conformida.....