Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho CESAR HUMBERTO SERRANO RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad número: V-4.469.148, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha veintiuno (21) de Septiembre de 2001, proferida por el Juzgado de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bellos, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, y en consecuencia, una vez que quede firme la presente decisión, se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen.
SEGUNDO: Se confirma la decisión proferida por el Juzgado de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bellos, Obispo Ramos .....