En fuerza a las razones de hecho y derecho, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso de apelación interpuesto por Abogado Moisés Armando Pernía Pernía, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 03 de mayo de 2005, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, se pronuncie nuevamente sobre el fondo de la controversia, en consecuencia, se anulan todas las actuaciones posteriores al auto de avocamiento de fecha 06 de abril de 2005.
TERCERO: No hay condenator.....