este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, por la ciudadana AMARILYS JOSEFINA GONZALEZ BRAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.436.154, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL ESTACION Y SERVICIOS CAÑON, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el N° 58, Tomo A-6, de fecha 07 de diciembre del año 1992, en la persona del ciudadano JOSE CAÑON, en su condición de representante legal de la prenombrada Sociedad Mercantil, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.