Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana BLANCA LUCIA GONZALEZ SUA, la adolescente OMITIR NOMBRE y de los niños OMITIR NOMBRES, venezolanos, mayor de edad, la primera, adolescente la segunda y niños el tercero y el cuarto, titulares de la cédula de identidad Nros. V-14.771.743 la primera, V-26.043.070 la segunda, y V-27.021.280 la tercera, en su condición de cónyuge, hijos y Únicos y Universales Herederos del causante, quien en vida respondiera al nombre de ALEXIS ANTONIO MORALES ZAMBRANO.