DECLARA CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por el ciudadano: GERARDO MATTIA DIPOPOLO, contra la ciudadana: NORIS ZORAIMA MALDONADO GUTIERREZ, plenamente identificados, con fundamento en el Divorcio como Solución según Sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Dr. Juan Rafael Perdomo dictada en fecha 26 de julio de 200, por haber quedado demostrada la ruptura del vinculo conyugal, configurándose la causal segunda del articulo 185 del Código de Civil vigente, en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial que los unió contraído por ante la Prefectura Civil Ignacio Fernández Peña, Municipio Autónomo Campo Elías del Estado Mérida, en fecha 23 de diciembre del año 1989 acta Nº 43.