Primero: Se Decreta Medida de Protección agroalimentaria, solicitada por el ciudadano ENDER ALBERTO ROSALES RONDON, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.019.500, domiciliado en Mérida, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, asistido por el abogado YOVANNY ORLANDO RODRIGUEZ MOLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.705.323, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 53.282; de conformidad en los artículos 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y los artículos 305, 306 y 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre el fundo "LA VIÑA", con un área de TREINTA Y UNA HECTAREA SEIS MIL VEINTIUN METROS CUADRADOS (31 HAS 6.021 MTS2), ubicado en el sitio denominado "San Eusebio", jurisdicción del Municipio Andrés Bello del Estado Bolivariano de Mérida; alinderado de la siguiente manera: NORTE: Partiendo de la Quebrada "El Tabacal" colinda c.....