En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por la ciudadana: MARÍA MERCEDES ALTUVE MORA, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.218.948, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por el abogado en ejercicio PABLO ALARCON venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.105.023, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 130.675, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida, y jurídicamente hábil, contra el ciudadano DANIEL ENRIQUE SALAS CARRERO, venezolano, mayor de edad, de estado civil casad.....