Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada LEDY ALICIA PACHECO FLORES, Defensora Pública Penal N° 04 del Estado Mérida, Extensión El Vigía, y en tal carácter defensora del penado ÁNGEL ENRIQUE RAMÍREZ CHIRINOS, contra la decisión del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 31-05-2004, que declaró sin lugar la solicitud de imponer a su representado nueva condición para el cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso, consistente en el internamiento en la Fundación ¿Hogares CREA de Venezuela¿, por considerar esta Alzada que la decisión recurrida se encuentra ajustada a derecho.
Cópiese, publíquese y notifíquese a las partes.