Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano GUMER ALEXIS SANCHEZ SANCHEZ, asistido legalmente por la abogado Iris Espinoza Pineda, en contra de la decisión del Tribunal en Funciones de Control No 01, que en fecha 28 de marzo de 2011, le negó la entrega del vehículo señalado con las siguientes características: : placas GCZ-55U, serial de carrocería 8YPZF16N268A51509; serial de motor: 8A51509, marca Ford, modelo Fiesta Power, año 2006, color gris, clase automóvil, tipo sedán, uso particular, por considerar esta alzada que la recurrida está ajustada a derecho.
Cópiese, publíquese y notifíquese a las partes.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,
DR. ERNESTO JOSÉ CASTILLO SOTO
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