DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: REVOCA el punto primero de la decisión proferida en fecha 17 de mayo de 2013, y debidamente fundamentada en fecha 21 de mayo de 2013, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia Estadal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el cual se decretó con lugar la aprehensión en Cuasi flagrancia del ciudadano Elis Enrique Márquez Ruiz, conforme a lo pautado en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, por no cumplir con los extremos del señalado artículo.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión impugnada con respecto los puntos segundo, referido a la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, tercero, cuarto y quinto dictados en el marco de la audiencia de presentación de imputad.....