DECISIÓN
Es con fuerza en las consideraciones fácticas y jurídicas precedentemente explanadas, que esta Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE, el conflicto de competencia interpuesto por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 05 de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: Se revoca el auto dictado por el preindicado Tribunal en fecha 21 de Julio de 2015, mediante el cual planteó conflicto de no conocer ante esta Alzada, a los fines que decida la solicitud interpuesta por la defensa, respecto a su incompetencia.
Publíquese, regístrese, notifíquese y a las partes.