Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta la desestimación de la presente causa, en la cual aparece como denunciante el ciudadano ISAÍAS PÉREZ RAMÍREZ, venezolano, mecánico de 54 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.206.148, residenciado en Los Llanitos de Tabay, adyacente a "El Mesón Andaluz", casa N° 2-79, Teléfono y así se decide.
Se ordena la devolución de las presentes actuaciones al Ministerio Público para su archivo, una vez firme la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese al denunciante y a los representantes Fiscales.
EL JUEZ DE CONTROL N° 02
ABG. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ
LA SECRETARIA
ABG. ASHNERIS OSORIO RODRÍGUEZ
Se libraron Boletas de .....