Por las razones de hecho y de derecho, precedentemente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide: Único: Declara con lugar el sobreseimiento de la presente causa, únicamente en lo que respecta al imputado YOSSEF SANTIAGO GARCÍA CARRERO, no así en relación al coimputado ZAMBRANO ROMERO CESAR ALEJANDRO. En consecuencia, ordena la terminación del procedimiento en lo que atañe a tal imputado y por ende, la cesación de cualesquiera medida de coerción personal sobre el mencionado imputado. La presente decisión tiene fundamento jurídico en los Artículos 2, 26, 253 y 257 Constitucional; Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 48. 6, 318.3, 319, 320, 321, 323 y 324 COPP. Artículo 454.8 del Código Penal. Las partes presentes, fueron notificadas en la audiencia especial celebrada en esta misma fecha. Cúmplase.