Juzgado segundo de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1.- Aprueba el acuerdo reparatorio alcanzado por las partes en la audiencia de juicio; 2.- Declara la extinción de al acción penal por el cumplimiento del acuerdo reparatorio habido en autos; 3.- Ordena el sobreseimiento de la causa; 4.- Ordena la cesación de las medidas cautelares sustitutivas previamente impuestas al acusado; 5.- Ordena la terminación del presente procedimiento; y 6.- Se ordena la devolución de los objetos materiales del delito (amortiguadores), al representante legal de la víctima, ciudadano Julio César Márquez, para lo cual, se ordena oficiar lo pertinente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Delegación Mérida. La presente decisión fue notificada a las partes en la audiencia de juicio. Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO No. 2
ABG. JOSÉ GREGORIO VILORIA OCHOA
LA S.....