Por las fundadas razones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, Ordinal 1° y 494 del actual Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA QUE FUERA SOLICITADO EN ESCRITO RECIBIDO POR ÉSTE TRIBUNAL EN FECHA 05-5-2.005 (FOLIO 126), POR LA ABOGADO LUZ COROMOTO DAVILA RAMIREZ A FAVOR DEL PENADO LEONARDO DAVID GONZALEZ GRILLET, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltero, estudiante, nacido el 30-6-84, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.047.372, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina, por reunir todos los requisitos exigidos por la Ley para su otorgamiento, estableciéndose como régimen de prueba, el mismo tiempo que le resta por cump.....