Por tanto, tal como se evidencia de la comunicación antes mencionada, suscrita por la Directora del Centro Penitenciario Región Los Andes, en relación al traslado del penado Darwin Ramón Carrillo Daniels, hasta la sede de la Penitenciaria general de Venezuela, quien suscribe, estima que no puede mantenerse indefinidamente paralizada la presente causa, y por cuanto no existen diligencias pendientes por resolver considera procedente y ajustado a Derecho, declarar concluida la presente Vigilancia Penitenciaria, ordenando su remisión al archivo judicial, a los fines de su guarda y custodia, una vez quede firme el presente auto. Notifíquese a las partes