Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA EL TRASLADO DEL PENADO CARLOS ALEXANDER USECHE USECHE, quien es de nacionalidad Venezolana, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad nro. 10.868.169, condenado a cumplir la pena de: DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, por mal comportamiento, desde el Centro Penitenciario de la Región Andina hacía la Penitenciaría General de Venezuela (San Juan de Los Morros-Estado Guárico), de conformidad con el artículo 479, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 43 de la Constitución Nacional y el artículo 43, Encabezamiento y 46, literal f, ambos de la Ley de Régimen Penitenciario, por lo tanto, l.....