DECISIÓN
En tal virtud, considerando llenos los extremos legales exigidos por la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Número 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, REDIME LA PENA IMPUESTA al penado WILMER ALEXANDER SANTOS BARRIOS, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltero, buhonero, nacido en fecha 12-9-77, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.130.084, por un tiempo de CUATRO (04) MESES, Y VEINTINUEVE (29) DIAS, con motivo del trabajo realizado durante el tiempo de su reclusión y en la proporción establecida en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en armonía con lo dispuesto en los artículos 479, numeral 1°, 509 y 553 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que efectuada como ha sido la actualización del cómputo de pena, de confo.....