DISPOSITIVA.
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSIÒN EL VIGIA, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la aprehensión en situación de flagrancia del imputado de autos, FABIO RICARDO VALENCIA, titular de la cedula de identidad número E- 1.098.614.258, soltero, mayor de edad, soltero, comerciante, natural de Bucaramanga, Santander, Colombia, residenciado en el sector la Inmaculada casa sin número, de color azul claro, específicamente en las habitaciones de alquiler de los Árabes, del Comando de la Policía hacia abajo, El Vigía, estado Mérida, con fundamento al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE, CUMPLASE.
SEGUNDO: CON LUGAR la tramitación de la presente causa por vía de procedim.....