Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la aprehensión en flagrancia del imputado Miguel Antonio Rodríguez, de conformidad a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal. Se decreta medida de privación judicial preventiva de libertad al imputado de autos, de conformidad a lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por las razones expresadas. Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario, conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía Décima Octava, en su oportunidad legal.
Publíquese, regístrese y diarícese. Cúmplase.-
LA JUE.....