En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÈRIDA, EXTENSIÒN El VIGIA, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la aprehensión en situación de flagrancia del imputado de autos, Jairo José Vargas, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.- 15.876.785, de 29 años de edad, residenciado en la población de Santa Elena de Arenales, calle principal, sector las rurales, casa de dos pisos, serca de la manga de coleo, del estado Mérida, por la presunta comisión del delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en el artículo 42 en concordancia con el artículo 15 numeral 4 de La Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres A Una vida Libre De Violencia vigente, en perjuicio de Maria Eugenia García Tello, con fundamento al artículo 248 del Código Orgánico Pr.....