Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la aprehensión en flagrancia del imputado Dustin Alfieri Quiñones García, de conformidad a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17, en concordancia con el artículo 4 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, y Lesiones Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal. Se decreta medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, de conformidad a lo establecido en los artículos 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica cada quince (15) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, .....