Por lo antes expuesto este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se decreta la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano TULIO ENRRIQUE GARCIA LINARES, venezolano, de 31 años de edad, natural de Caja seca Estado Zulia, fecha de nacimiento soltero, 29-07-1977, de Profesión comerciante, grado de instrucción bachiller, titular de la cedula de identidad Nº V-15.432.689, hijo de Tulio García y de ANA DE GARCIA LINARES, residenciado, en Vía Torondoy, Los Trementinas, casa s/n Nueva Bolivia Estado Mérida, teléfono 0414-5071511, por cumplirse los requisitos establecidos en el artículo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venez.....