DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Nº 5, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a JOSE MANUEL CRUZ GARCIA, de nacionalidad venezolana, natural de El Vigía, Estado Mérida, de 18 años de edad, fecha de nacimiento14-09-86, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Freddy Cruz y Elizabeth García, titular de la cédula de identidad Nro. V 18.498.927, residenciado en Caño Seco II, Calle 14, casa N° 12, El Vigía Estado Mérida y JOSE ALBERTO PARRA URDANETA, de nacionalidad venezolana, natural de El Vigía, Estado Mérida, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 06-07-86, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.029.908, residenciado en el sector Capazón, calle princi.....