Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nro 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de JUAN SEGUNDO, GONZALO MORENO, ALIAS CHALO, BETO, no se encuentran plenamente identificado en la presente causa, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ÁNGEL IGNACIO CAMACHO, venezolano, de 21 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 16.306.902, residenciado en la Bubuqui V, Vereda V, casa N° 10, El Vigía, Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 415 del Código Penal, y el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal Notifíquese a las partes de la pre.....