Este Tribunal en Funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se acuerda el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del acusado EYENSIS RODOLFO NAVAS BARRETO, venezolano, natural de Sabana de Mendoza, Estado Trujillo, nacido en fecha 14.11.1978, de 33 años de edad, de estado civil: soltero, de oficio: albañil, hijo de Edecio Navas (v) y Gladys Barreto (v), cédula de Identidad N° 16.065.170, residenciado en la población de Santa Polonia, calle principal, frente a la Iglesia, casa sin número, Estado Trujillo, número telefónico 0424-6098122; por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 15 numeral 4, eiusdem, cometido en perjuicio de la ciudadana EDELMIRA VILORIA ÁVILA; motivado a la extinción de la acción pe.....